INFIVALLE está facultado para intermediar recursos a través de operaciones de redescuento, en las cuales se sujeta al reglamento de crédito establecido por las entidades financieras, así como a sus manuales, instructivos y guías establecidas para cada línea de crédito.
Bajo esta modalidad, la entidad obtiene recursos en condiciones financieras muy favorables y se contribuye a la realización de proyectos de fomento prioritarios para la población.
También se brinda la asesoría técnica requerida para la formulación, sustentación y aprobación de los proyectos y se garantiza el seguimiento del crédito para asegurar la entrega a la comunidad de la obra financiada.
Los créditos otorgados con este fin estarán orientados a atender el cumplimiento de las disposiciones de la Ley 617 de 2000 y las demás normas que regulen la materia, para ello el Instituto solicitará, promoverá, negociará y celebrará acuerdos de saneamiento fiscal, financiero y administrativo de sus acreencias o de otras obligaciones con los clientes, diferentes de aquellos celebrados en virtud de la Ley 550 de 1999.
Si el acuerdo de saneamiento fiscal, financiero y administrativo es pactado directamente con INFIVALLE, sin la mediación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Instituto realizará un seguimiento al cumplimiento de los pactos e informará a las entidades competentes cualquier incumplimiento.
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INFIVALLE otorga créditos destinados a pagar parcial o totalmente obligaciones contraídas por el cliente con INFIS u otra entidad crediticia vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, siempre y cuando los mismos se encuentren ajustados a la normativa de endeudamiento territorial y a la Ley.
Requisitos generales para Aprobación de Créditos de Fomento
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Cra 2a Oeste No. 7-18 | Cali · Colombia
(+57)(2) 608 0035
(+57)(2) 892 2627 - 28
Cra 2a Oeste No. 9-26 | Cali · Colombia
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Horario de atención:
Lunes a Jueves: 7:30am - 12m | 1:30pm - 5:30pm
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Última modificación realizada el 15/01/2021 18:35:18