FAQ - Preguntas Frecuentes

El Instituto tiene clientes para operaciones pasivas y clientes para operaciones activas.

Clientes para operaciones pasivas (depósitos):

  1. Entidades Territoriales, Administrativas y sus descentralizadas, incluidas aquellas con participación estatal superior al 50%.
  2. Personas jurídicas de derecho público nacionales y extranjeras destinadas a la prestación de servicios públicos o a la ejecución de obras que tiendan a satisfacer una necesidad básica de la comunidad, debidamente viabilizados por los organismos de planeación de las respectivas entidades públicas.
  3.  Entidades sin ánimo de lucro creadas por personas de derecho público, en los términos de la Ley 489 de 1998.

Clientes para operaciones activas (créditos):

  1. Entidades territoriales, administrativas y sus descentralizadas definidas en la Constitución Política y la ley.
  2. Otras personas jurídicas de derecho público de carácter regional vinculadas directamente con el desarrollo de la región, en los términos de la Ley 1454 de 2011, Orgánica de Ordenamiento Territorial (LOOT).
  3. Personas jurídicas de derecho privado, nacionales o extranjeras, vinculadas durante el término de la vigencia del contrato, sea de prestación de servicios públicos domiciliarios o de construcción de obras ejecutadas para las entidades públicas, o vivienda de interés social y prioritario, con garantía real o cesión de derechos fiduciarios. Lo anterior para créditos relacionados con el desarrollo del objeto del contrato.
  4. Las Empresas Sociales del Estado (ESES), las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), vinculadas contractualmente con el Estado.

Tesorería y Transitorio

  • Solicitud de crédito presentada por el Alcalde o Gobernador o el representante legal, según el caso, donde se indique la cuantía, la destinación, la garantía y fuente de pago ofrecida como respaldo de la deuda.
  • Ejecución presupuestal de ingresos y egresos a diciembre 31 de la vigencia fiscal inmediatamente anterior, certificada por el Secretario de Hacienda o el Tesorero u organismo competente y la ejecución de la vigencia actual correspondiente al último trimestre rendido al ente de control respectivo. Para personas jurídicas de derecho privado que puedan ser clientes de Infivalle se debe analizar el flujo de caja ejecutado y proyectado.
  • Acta de posesión del representante legal.
  • Certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días calendario, siempre que sea necesario.
  • Estados financieros a diciembre 31 de la vigencia inmediatamente anterior, debidamente firmados y el último  de la vigencia en curso, correspondiente al último trimestre rendido al ente de control respectivo.
  • Para los créditos transitorios deberán adjuntar, además de los anteriores, el contrato de crédito donde conste el negocio en firme debidamente legalizado, en el cual exista compromiso de desembolso para las fechas de pago.
  • Acto administrativo que autorice el endeudamiento, en los casos en que se requiera.
  • Certificado de deuda vigente indicando monto, plazo, tasas y garantías.
  • Certificado de libertad de la garantía a pignorar, con vigencia no superior a cinco (5) días.
  • Certificado de libertad y tradición del inmueble ofrecido en garantía, con una vigencia no superior a treinta (30) días calendario y avalúo comercial corporativo del bien a hipotecar.

Sobregiro

  • Solicitud del crédito presentada por el Alcalde o Gobernador o el representante legal, según el caso, donde se  indique la cuantía, la destinación, la garantía y fuente de pago ofrecida como respaldo de la deuda.
  • Acta de posesión del representante legal.
  • Estatutos, tratándose de entes no territoriales.
  • Certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días calendario, en los casos en que se requiera.
  • Proyección de la renta ofrecida en garantía y documento de pignoración.
  • Acto administrativo que autorice el endeudamiento, en los casos en que se requiera.
  • Certificado de libertad de la renta ofrecida en garantía.

Es un crédito de largo plazo que permite realizar proyectos de gran prioridad e interés social y que propendan por el desarrollo por el desarrollo de los municipios y el mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades.

Para ver las áreas de aplicación de este tipo de créditos haga clic aquí

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